El
Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de designación-llamamiento de la
señora Ángela María Robledo Gómez como representante a la Cámara, para el
periodo 2018-2022, al encontrar que estaba incursa en doble militancia
política.
La
Sección Quinta estableció que la dirigente no renunció a la curul que ocupaba
en la Cámara de Representantes por el Partido Alianza Verde 12 meses antes del
primer día de inscripción de su candidatura a la Vicepresidencia de la
República por la coalición Petro Presidente.
La
corporación recordó que, según los artículos 107 de la Constitución y 2º de la
Ley Estatutaria 1475 de 2011, los miembros de las corporaciones públicas que
decidan presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político
distinto deberán renunciar a la curul 12 meses antes del primer día de
inscripciones.
Precisó
que la renuncia a la curul que tenía en la Cámara de Representantes fue
presentada por la señora Robledo Gómez el 20 de marzo de 2018, cuando ya había
formalizado ante la Registraduría Nacional su inscripción como candidata a la
Vicepresidencia de la República por la coalición Petro Presidente.
La
sentencia concluyó que el hecho de haber accedido a la Cámara de Representantes
en virtud del derecho
personal reconocido en los artículos 112 de la Constitución y 24 de la Ley 1909
de 2018, como garantía de la oposición política, no excluye la doble militancia
por tratarse de una prohibición con efectos generales y aplicable a cualquier
cargo público de elección popular.
La
decisión tuvo salvamento de voto de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez
Bermúdez
Por
su parte Gustavo Petro en Twitter trinó.
“ Quitar la curul de Ángela María
Robledo de la Cámara de Representantes , la calificó como “Una decisión
lamentable del Consejo de Estado que aún así respetamos.
No
permitieron la Personería Jurídica de la
Colombia Humana, no permitieron la garantía
del Estatuto de la Oposición y ahora se llevaron las Curules.- Fuente:
Consejo de Estado. Hay Más.-
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